{"id":672,"date":"2019-04-20T08:57:34","date_gmt":"2019-04-20T13:57:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.realcsfa.edu.co\/portal\/?page_id=672"},"modified":"2023-05-16T13:11:50","modified_gmt":"2023-05-16T18:11:50","slug":"consejo-estudiantil","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.realcsfa.edu.co\/portal\/consejo-estudiantil\/","title":{"rendered":"Consejo Estudiantil"},"content":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_empty_space][vc_column_text]El Consejo de Estudiantes es el \u00f3rgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participaci\u00f3n por parte de los educandos. Este Consejo est\u00e1 constituido por un representante de cada grado ofrecido por el colegio, elegido por los alumnos de los respectivos grados, mediante votaci\u00f3n secreta.<\/p>\n<p>La convocatoria para esta elecci\u00f3n la realiza la Rector\u00eda en representaci\u00f3n del Consejo Directivo del Colegio, en el primer mes de actividad acad\u00e9mica. Todo aspirante debe presentar por escrito una propuesta de trabajo, ante la Rector\u00eda y sustentada ante los alumnos del grado que pretende representar, atendiendo los par\u00e1metros dados por el Consejo Directivo.<\/p>\n<p>De acuerdo con lo ordenado por el art\u00edculo 29 del Decreto 1860 de 1994. Los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, ser\u00e1n convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero \u00fanico entre los estudiantes que cursan el tercer grado. Una vez elegido los representantes, \u00e9stos se reunir\u00e1n y acordar\u00e1n el reglamento interno de organizaci\u00f3n y funcionamiento y designar\u00e1n sus propios dignatarios, con el acompa\u00f1amiento de las coordinaciones pedag\u00f3gicas. En todo caso, ante la renuncia o exclusi\u00f3n de un representante, asumir\u00e1 la representaci\u00f3n el alumno que le haya seguido en votaci\u00f3n. Agotado este procedimiento se podr\u00e1 proceder a una nueva elecci\u00f3n.<\/p>\n<hr \/>\n<p>Una vez elegido, el representante puede perder su investidura por alguno de<br \/>\nlos siguientes motivos:<\/p>\n<p><strong>A)<\/strong> Incumplimiento manifiesto de sus deberes como estudiante, de acuerdo con lo se\u00f1alado en el r\u00e9gimen disciplinario dispuesto en este Manual de Convivencia.<\/p>\n<p><strong>B)<\/strong> A solicitud suscrita por al menos la tercera parte de los estudiantes que integran el grado, acompa\u00f1ada de evidencias que demuestren las razones de la inconformidad, presentada al cuerpo de direcci\u00f3n del Consejo Estudiantil.<br \/>\nAceptada la solicitud, el Consejo tramitar\u00e1 ante la Rector\u00eda la designaci\u00f3n de un nuevo representante.<\/p>\n<hr \/>\n<p>&nbsp;[\/vc_column_text][vc_text_separator title=&#8221;Gobierno Escolar para Estudiantes&#8221;][vc_column_text]El Colegio reconoce que el alumno es el centro del proceso educativo, pero tambi\u00e9n que la participaci\u00f3n activa del educando en su propia formaci\u00f3n es un imperativo legal y moral.<\/p>\n<p>La educaci\u00f3n ofrecida en el Colegio se ci\u00f1e a las orientaciones dadas en la Ley General de Educaci\u00f3n, art\u00edculo 92, en tanto que favorece el pleno desarrollo de la personalidad del educando, al acceso a la cultura, al logro del conocimiento cient\u00edfico y t\u00e9cnico y a la formaci\u00f3n de valores \u00e9ticos, est\u00e9ticos, morales, ciudadanos y religiosos, que le faciliten la realizaci\u00f3n de una actividad \u00fatil para el desarrollo socioecon\u00f3mico del pa\u00eds. Conforme a lo dispuesto en esta Ley, en el Proyecto Educativo Institucional del Colegio se incorporan acciones pedag\u00f3gicas para favorecer el desarrollo equilibrado y arm\u00f3nico de las habilidades de los educandos, en \u00e1reas como sus capacidades para la toma de decisiones, la adquisici\u00f3n de criterios, el trabajo en equipo, la administraci\u00f3n eficiente del tiempo, la asunci\u00f3n de responsabilidades, la soluci\u00f3n de conflictos y problemas y las habilidades para la comunicaci\u00f3n, la negociaci\u00f3n y la participaci\u00f3n. Es en torno a estos principios fundamentales que el Colegio concibe la participaci\u00f3n estudiantil, bajo las formas de \u00f3rganos de participaci\u00f3n reglados en la normatividad vigente.[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row][vc_row][vc_column][vc_text_separator title=&#8221;Representante de los Estudiantes al Consejo Directivo del Colegio&#8221; border_width=&#8221;4&#8243;][vc_column_text]De conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 93 de la Ley 115 de 1994 y su decreto reglamentario 1860 de 1994 (art\u00edculo 21), el Consejo de Estudiantes elegir\u00e1 el Representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del Colegio, que deber\u00e1 acreditar estar cursando el grado 11, \u00faltimo grado que ofrece la instituci\u00f3n.<\/p>\n<p>El procedimiento para la elecci\u00f3n del Representante ser\u00e1 el que indique el Consejo Directivo, incorporado en el reglamento interno del Consejo Estudiantil. Adem\u00e1s de las funciones que cumpla el Representante de los estudiantes como miembro del Consejo Directivo, ser\u00e1 el agente que motiva a los educandos a dar las iniciativas y sugerencias para el mejoramiento institucional.<\/p>\n<p>El Representante de los estudiantes debe mostrar excelente conducta, disciplina, buen rendimiento acad\u00e9mico, capacidad de liderazgo, compromiso y alto sentido de pertenencia con el Colegio, solidaridad y conciencia humanitaria. Tener, adem\u00e1s, un pleno conocimiento del Proyecto Educativo Institucional y del Manual de Convivencia.[\/vc_column_text][\/vc_column][\/vc_row]<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_empty_space][vc_column_text]El Consejo de Estudiantes es el \u00f3rgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participaci\u00f3n por parte de los educandos. 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